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Un recurso jurídico de apelación
Resumen: Siguiendo los capítulos 21-28 de los Hechos de los Apóstoles tratamos el conflicto entre el apóstol Pablo y las autoridades tanto del Templo de Jerusalén como con el Tribunal del Sanedrín, que quieren su condena a muerte. Examinamos los alegatos de Pablo ante ambos, su exculpación por acusación dolosa y falta de pruebas, la invalidez para juzgarlo ya que como ciudadano romano le corresponden autoridades romanas, las artimañas de sus acusadores, sus dos juicios ante la procuración imperial en Cesarea, los dos años de prisión, la apelación al César, el juicio ante el rey Herodes Agripa II, su llegada a Roma después de un accidentado viaje y el resultado positivo de su apelación. Incorporamos el interesante comentario de F. de Quevedo, muy poco considerado.
Palabras clave: Conversión, Sanedrín, Ciudadanía romana, jus actionis, Apelación al César.
A juridical recourse of apellation
Abstract: Following chapters. 21-28 of the Acts of the Apostles we deal with the conflict between the apostle Paul and the authorities of both the Temple of Jerusalem and the Sanhedrin Court, who want him sentenced to death. We examine Paul's arguments before both, his exculpation due to malicious accusation and lack of evidence, the invalidity to judge him since as a Roman citizen he is subject to Roman authorities, the tricks of his accusers, his two trials before the imperial procuratorate in Caesarea, the two years of imprisonment, the appeal to Caesar, the trial before King Herod Agrippa II, his arrival in Rome after an eventful journey and the positive result of his appeal. We incorporate the interesting comment by F. de Quevedo, very little considered until now.
Keywords: Conversion, Sanhedrin, Roman citizenship, jus actionis, Appeal to Caesar.
¿Quién apela?
El encierro sufrido por la pandemia obliga a reflexionar sobre otros confinamientos individuales o colectivos, justos o injustos según la ley, los descargos presentados por el/los prisionero/s y las instancias de apelación seguidas.
El caso elegido está perfectamente documentado sin problemas de fake news en capítulos 21 a 28 de los Acta Apostolorum.1 Pablo es acusado por sus ex compañeros del Sanedrín por haber hecho lo que cree que es su derecho y su deber. Debemos partir del capítulo IX donde se narra la caída de Saulo, perseguidor enconado de cristianos y conversos inmediatos. La lectura de su encuentro con el Señor evidencia la docilidad carente de rebeldía con que acepta los nuevos mandatos mostrando una conversión (no desde el paganismo sino en continuidad con los mensajes proféticos del A.T.), pronta y efectiva, más bien un milagro de la gracia divina. “De perseguidor de Cristo, ascendió a ser perseguido por Él… Quien con su prudencia hizo de los enemigos, amigos”2, según concisa sentencia de don F. de Quevedo y Villegas (1580-1645).
Recuperada la vista, después que el esplendor de la luz celeste lo encegueció3 (IX, 3-19), ni lerdo ni perezoso visita las sinagogas de Damasco confundiendo a los presentes con su predicación en nombre de Aquel a quien había perseguido (IX, 20-22). Los que no aceptaron su prédica determinaron matarlo cerrando las puertas de la ciudad, pero se evadió descolgado en un canasto pudiendo llegar a Jerusalén. Quien lo presenta a los apóstoles es Bernabé, el discípulo, testigo de lo ocurrido en la capital de Siria, lo que lo legitima en el círculo evangelizador (IX, 26-27).
Antes de Jerusalén
Después ocurren los tres viajes por el mundo gentil donde en general es recibido mejor que en las sinagogas en las que su prédica cristiana es rechazada con altibajos.
Reparemos en algunos episodios que incidirán en actos posteriores: en el primer viaje por el Asia Menor, es notable el episodio de Listra, ciudad de Licaonia, continuando las señales y prodigios realizados en Iconio4; al predicar en la sinagoga local a judíos y griegos curó Pablo a un paralítico de nacimiento; las turbas griegas se plegaron a las nuevas enseñanzas y en griego licaonio exclamaron que los dioses asumiendo figura humana habían descendido a ellos tomando a Bernabé por Zeus y a Pablo por Hermes; llamaron al sacerdote de Zeus y este trajo toros y coronas para ofrecerles un sacrificio, no aceptando los apóstoles los honores ni el poderlos convencer de que eran hombres como ellos; a duras penas con sus palabras el seudo Hermes logró que desistieran de los sacrificios ofrecidos.5
Otro suceso muy significativo corresponde en este viaje a su llegada a Atenas, donde pronunciará un persuasivo y revelador discurso en la colina de Ares frente al máximo tribunal de Justicia, previo paso por el altar hasta hoy inhallado al agnóostoo theóo6 (17, 23), que le da pie para su argumentación. En la ciudad disputaba en solitario tanto en la sinagoga como en el foro, mal considerado como spermólogo7 o seminiverbius, hasta que los mismos oponentes lo llevan asiéndolo a dicha altura, una de las siete de Atenas. Los contrincantes bastante jactanciosos eran los epicúreos y estoicos, junto a otros menores, adeptos a toda novedad por el solo placer de ser novedosos.
Pablo comienza respetando las normas retóricas con una captatio benevolentiae, tratando a los atenienses de deisidaimonestérous / superstitiosiores, literalmente “cuasi los más religiosos / supersticiosos8 / temerosos de las deidades”. Algunos biblistas (Tresmontant, 1956, p. 131) interpretan esto como una adulación o una ironía, pero si recordamos el incidente de Listra, no parece ser así (XIV, 8-20).
El nudo de la argumentación, asequible a sus oyentes, es un despliegue del misterio de la Encarnación9, pero ellos no aceptan la conclusión: el dios desconocido, pero ya conocido, ha resucitado. Irónicamente se retiran rechazando semejante afirmación.10
En Jerusalén
Estos son los antecedentes que motivan el título del trabajo, dado que el conflicto se produce por querer volver a Jerusalén para finalizar su tercer viaje. Desembarcados en Tiro (Fenicia), unos discípulos (matheetás) donde recaló, le dijeron que per Spiritum /diá Pnéumatos no fuera a Jerusalén (21, 4). Llegados a Cesarea marítima, se alojaron en la casa de un diácono; allí vino de Judea un profeta, Agabo; tomó este el ceñidor o faja de Pablo y atándose a sí mismo de manos y pies, le indicó que el Espíritu Santo le vaticinaba atadura y entrega a los gentiles. El apóstol está decidido a ser atado y a morir por el Señor en Jerusalén. No pudieron disuadirlo y aceptaron la voluntad de Dios, es decir, que subiera a la Ciudad Santa.
Allí con otros discípulos es recibido con gran gozo en la casa de un par, el apóstol Santiago el Menor (21,17-20), obispo de Jerusalén, contándoles cómo los gentiles se convertían, pero a Santiago y los presentes les interesaba la cristianización de los judíos de la diáspora. Los de Jerusalén han oído que Pablo desaconseja la circuncisión a sus hijos apostatando de Moisés, lo que no es cierto (no olvidar que a Timoteo, discípulo, hijo de padre gentil y madre judía, lo ha hecho circuncidar en Asia Menor, en razón de los judíos, allí moradores, XVI, 1-3), por eso Santiago le dice que estos11, observantes celosos de la ley, se han escandalizado; Santiago no quiere una ruptura con la comunidad ierosolimitana.12
Pablo se purificará iuxta Templum con cuatro candidatos (cristianos judíos: sunt nobis) al nazareato (separación consagratoria), les pagará los gastos y después del séptimo día irá al Templo, se rasurarán, Pablo con ellos (los cabellos se dan como ofrenda purificatoria y se creman), así verán que él guarda la ley mosaica. En cuanto a los conversos gentiles, Santiago se ha encargado de aconsejarles qué situación deben evitar sin obligación de circuncidarse (vv. 21-26).
Ya en el interior, los judíos venidos de Asia lo acusaron de haber introducido un griego13 profanando el lugar santo (religio illicita). Gran alboroto, Pablo prendido y arrastrado fuera, cierre de las puertas, nada de asilo y casi muerte del apóstol, de no haber aparecido el tribuno Claudio Lisias y su cohorte desde la torre Antonia.
Por el tumulto no podía poner en claro las causas de la violencia y decide llevarlo a la fortaleza. Pablo en griego le aclara al jefe militar que es judío de Tarso, ciudad no ignota14 y le pide que lo deje hablar a todos para su defensa; concedido se dirige al pueblo en hebreo / Hebraídi, no hebreo doctoral sino hebreo vulgar, también denominado arameo, aunque este no era una variante dialectal del mismo sino de una lengua semítica ugarítica proveniente de la zona del Éufrates extendida hasta Palestina.15
Hace su biografía (22, 1-21), la de un fariseo, educado en Jerusalén por Gamaliel16, bajo el rigor de la ley, persiguiendo de muerte y apresando hombres y mujeres solo por ser cristianos. De inmediato narra su viaje a Damasco con su conversión; Pablo insiste aduciendo que los sanedritas saben que él, presente en el martirio de Esteban, consentía y vigilaba la lapidación.
Hasta aquí sin problemas, pero les resulta intolerable el éxtasis en que el Señor le advierte que salga de Jerusalén, pues no recibirán su testimonio y Él lo destina a naciones lejanas. No es precisamente un discurso apologético por tantas explicaciones que debe dar y esto ocurre cada vez que debe hablar en las sinagogas.
La mención del Señor los desquicia y piden al tribuno que lo quite de este mundo; ante la confusión, ordena este que lo lleven al cuartel y lo azoten. Listo para los latigazos, Pablo lo interroga al centurión: “¿Os es lícito flagelar (mastidzéin) a un romano akatákritos (indemnatum, sin sentencia condenatoria)?” El centurión no puede ser políticamente incorrecto y encara a su jefe, más incorrecto aún porque lo había encadenado. El tribuno con temor pregunta a Pablo si es romano; ante la afirmativa, el funcionario sospecha que el apóstol puede haber comprado la ciudadanía, acto legal, como lo había hecho él mismo. Pablo responde: “Yo he nacido con ella (gueguénneemai)”.17
¿Qué derechos tenía un ciudadano romano, que no poseía un gentil? Jus honorum (para cargos públicos), jus suffragii (voto en asambleas), jus connubii (de casamiento y familia), jus commercii (derechos patrimoniales), jus actionis (facultad de acudir a tribunales); también derechos en la esfera religiosa, que no interesarían a Pablo como converso cristiano, pero sí el “jus actionis”.
El mismo tribuno, queriendo saber el tenor de la acusación, lo llevó al Sanedrín (23, 1-10). Apenas saludó a la asamblea, el Sumo Sacerdote ordenó herirlo en la boca y ante el ilícito Pablo retruca con dureza, pero para no agravar una discusión sin salida, viendo que había fariseos y saduceos, continúa señalándose como fariseo atacado por su esperanza en la resurrección de los muertos. Gran tumulto, los primeros no hallan culpa en él; el alboroto se acrecienta y por tercera vez el tribuno, temiendo que lo despedacen, ordena que la tropa lo lleve a la fortaleza.
En 23, 11 el Señor concreta la lejanía requerida: Roma. De los judíos con los que se enfrentó en el Templo (23, 12-22), cuarenta de ellos se comprometieron a ayunar totalmente hasta matar a Pablo y solicitaron a los sanedritas sugirieran al tribuno que lo trajese de vuelta para antes de llegar, emboscarlo y asesinarlo, pero les falló lo urdido, ya que un sobrino del apóstol, sabedor del plan, los delató en el cuartel, por lo que el funcionario decidió hacerlo llevar de noche a Cesarea Marítima con gran despliegue de custodia por ser civis romanus (23, 23-35) y con una carta al procurador Félix.
Post Jerusalem
En la carta Claudio Lisias le explica a Félix los recaudos tomados; verifica que son cuestiones internas por la interpretación de su Ley, por lo tanto no merecedor de muerte ni prisión. Sabedor del complot para eliminarlo se apresura a enviárselo notificando a los acusadores que se dirigiesen a su superior.
En Cesarea Marítima se ubicaba el palacio de Herodes Agripa junto con el pretorio romano, al que se allegarán para acusarlo el sanedrita Sumo Sacerdote que lo había herido y un intérprete. Este discurso es clave como acusación y será refutado por Pablo palabra por palabra, no pudiendo entregarlo al Sanedrín.
Tértulo, el portavoz de Ananías18 y abogado contratado a sueldo, comienza con una copiosa captatio, bien aduladora, agradeciendo a los romanos por los beneficios y la paz que gozan, para pasar a la acusación. Pablo: destructor de la paz, perturbador de los judíos de todo el orbe, jefe de la secta de los nazarenos, profanador del Templo. Estamos aquí porque “al querer juzgarlo según nuestra Ley, nos lo arrebató con gran violencia el tribuno Lisias, mandándonos a ti” (24, 1-8).
Habiendo recibido Pablo señal del gobernador, inicia su defensa: en el Templo no discutió con nadie, no amotinó a la turba ni en las sinagogas ni en la ciudad, ni pueden presentar pruebas de sus acusaciones. Confiesa sí, que practica la doctrina que ellos denominan herejía, “la del Dios de nuestros padres …conforme a la Ley …y los profetas”; tiene esperanza en la resurrección de justos e injustos como ellos (los fariseos). Añade que retornó a Jerusalén con limosnas y ofrendas y penetró purificado en el Templo; el alboroto lo provocaron algunos judíos venidos de Asia, ahora no comparecientes ante el procurador y estos sanedritas, acusadores presentes, deben decir qué crimen ha cometido al clamar “por la resurrección de los muertos soy juzgado”.
Félix19, bastante conocedor de las internas de los judíos (24, 22-27), difirió una respuesta hasta que se presentase el tribuno Licias. Ordenó custodia y buen trato con un margen de libertad y permiso para que los suyos lo asistiesen, no obstante deseando quedar bien con los israelitas, lo dejó dos años en prisión hasta entregarlo a Porcio Festo, su sucesor. Tanto Félix como el siguiente procurador no quieren quedar mal con los acusadores y manteniendo preso al de Tarso se lavan las manos como Pilato.
Acusación ante Porcio Festo (25,1-12)
Porcio Festo repite el accionar de Lisias. Vuelven los sanedritas a Cesarea sin pruebas y Pablo otra vez se defiende tajante: no ha cometido delito ni contra la ley de los judíos, ni contra el Templo, ni (con un nuevo agregado) contra el César.
Festo para congraciarse con los judíos le ofrece ir a Jerusalén. Pablo rehúsa esa instancia (el Sanedrín carece de jurisdicción sobre los cives Romani) y reitera que debe ser juzgado en el tribunal romano, porque contra los judíos él no ha delinquido, lo que Festo sabe perfectamente. No rehúsa morir, pero nadie por complacencia puede entregarlo a ellos, entonces “Káisara epikalúmai / Caesarem appello!”. Festo consulta al Concejo y le responde: “Káisara epikékleesai /Caesarem appellasti, Káisara poréusee / ad Caesarem ibis!”, es evidente que Pablo desconfía de Porcio Festo y por eso apela.
En presencia del rey Herodes Agripa II (25, 13-27)
Llegó el rey con su hermana y pareja, la reina Berenice, a Cesarea contándole Festo todo lo referente al apóstol, manifestando Herodes Agripa II que también él quisiera estar en el juicio, lo que así ocurre. Festo necesita de Agripa para dar las razones al emperador del envío de Pablo a Roma.
Pablo ante Herodes Agripa II (26, 1-32)
El rey le da venia para su alegato y Pablo comienza alegrándose porque Agripa20, rey del norte de Palestina, judío de nacimiento, romano de formación y competente en cuestiones sobre las creencias de sus ancestros conoce las costumbres judías y las disensiones en sus filas y por cuarta vez cuenta su vida. Herodes Agripa II concede que Pablo casi lo persuade de hacerse cristiano, aunque al parecer, no a Berenice.
El apóstol replica que placiera a Dios que por su intermedio todos los presentes se hicieran cristianos, pero sin cadenas. Al retirarse todos de la sala, el rey a Festo: “Este hombre podría ser puesto en libertad / apolelýsthai edýnato, si no hubiera apelado /ei mée epekékleeto al César”. De acuerdo con el juicio de Herodes Agripa II, Festo redactó un informe y un dictamen para Nerón.
Viaje a Roma (27 y 28, 1-31)
La apelación o provocatio o reiectio21 se efectiviza con el cuarto viaje. El capítulo 27 es una verdadera carta náutica, la única de la Antigüedad, con las peripecias narradas durante la morosa y accidentada navegación invernal, porque llegan a salvo a Malta.22 El 28 cuenta la estadía en la isla y el camino a Roma por mar y por tierra. La detallada mención de las poblaciones donde se detienen y el tiempo en que lo hacen certifican la veracidad del relato hasta que llegan a Roma23, donde se le permitió vivir en casa particular alquilada con custodia libera o militaria recibiendo a judíos que habían oído hablar de tées hairéseoos táutees (“de esa secta”) que en todas partes se la antiléguetai (“contradice”). Unos aceptaban su prédica convirtiéndose y otros no, recordándoles el reproche de Isaías 6, 9 por su pertinacia.
Para Pablo el Sanedrín no era autoridad competente para su litigio, porque no podía decidir sobre la verdad de su doctrina, eso competía a una autoridad superior y divina; en lo político se debía examinar si había violado el derecho romano, de allí su apelación por jus actionis. En suma: ni reo de alta traición, ni reo de religio illicita, ni reo según la ley romana por no faltar al César según los cargos imposibles de probar del Sanedrín.
En cambio los gentiles, sí, oirán la buena nueva. San Lucas no especifica si obtuvo el veredicto final de su apelación, pero el v. 31 final refiere que recibía a todos sus visitantes enseñando lo tocante al Señor Jesucristo metá pásees parreesías24 akoolýtoos / cum omni fiducia sine prohibitione /con franca libertad (de palabra) sin impedimento, pese a que de Claudio se había pasado a Nerón.
Este final permite datar los Hechos en Roma hacia el año 63, poco antes del fin de la primera prisión romana de S. Pablo, es decir cinco años antes de su muerte, si esta ocurre en el 68 (o 69), y también antes de la destrucción de Jerusalén (70 d.C.) por Tito, o sea cuando la vida y el culto de Israel todavía continuaban normalmente.
¿Qué hizo y por dónde peregrinó el apóstol esos años? Gentilizando, pues. Cornelius a Lapide ad XXVIII, 31, p. 301 legitima la tradición de la estadía apostólica de Pablo en España, ya que liberado de sus cadenas y vigilancia, vivió ocho (8) años más, alcanzándolo el martirio el 29 de junio del 69, año 13 de Nerón. Nombra muchos discípulos santos por él evangelizados con abundantes testimonios patrológicos. Straubinger, J. en nota al v. 31, p.199, esgrime otro motivo: “No cabe duda de que fue absuelto y puesto en libertad hacia el 63 y hemos de bendecir esta demora en Roma, después del retiro de Israel, pues allí escribió las Epístolas de la cautividad (Efesios, Colosenses, Filipenses, Filemón)”.
Importa resaltar el comentario de F. de Quevedo, escrito desde la cárcel porque su reescritura constituye una “amplificación” de los Acta. El entrecomillado deliberado obedece a que empleamos el término de G. Genette proveniente de sus Palimpsestos. La Literatura en segundo grado (1989) para distinguir los modos de transtextualizar o transformar un texto sin plagiarlo, básicamente son tres : “amplificación”, “reducción” y “sustitución”. El extenso tratado ascético de su autoría, un “hipertexto”, evidencia una “amplificación” de los Acta, texto de base o “hipotexto” en la nomenclatura genettiana, con un texto intermedio como referente explicitado que son los Commentaria al texto lucano-paulino del jesuita flamenco Cornelius a Lapide (van den Steen), (1567-1637), erudito en demasía, proveedor de opiniones, sentencias, afirmaciones o rechazos contundentes de los patrólogos iniciales, mencionado sin problemas por nuestro satírico (cf. p. 1496) y operando intertextualmente.
No observamos “reducción”, pero además de la “amplificación”, es posible alguna “sustitución”, producto de una supresión más una adición.
Nos parece ejemplificar la misma con la disputa sobre la preeminencia absoluta de Santiago el Mayor como patrón de España, frente a la injerencia viable del de Tarso, nuevo protagonista reemplazante de Sta. Teresa, dado que el tema del patronato lo venía carcomiendo desde hacía bastante. En dos momentos de este tratado Quevedo se refiere al protectorado de Santiago.25 En una primera instancia niega la presencia del apóstol en España (pp. 1404-1405), ya que post martyrium en Jerusalén, retornado Santiago a Galicia, “difunto nos suplió la asistencia de San Pablo vivo”, apareciendo desde el cielo con su caballo blanco y su espada purpúrea para guiar y sumar victorias. Luego admitirá su estadía, C. a Lapide mediante, arguyendo que arribó a España por un dilatado rodeo, Aquí reside la “sustitución” al incorporar el tema de las dos espadas, antes obviado por desconocimiento: la que blandió Santiago y la que decapitó a Pablo, puesto que la segunda espada se venera (o veneraba en el s. XVII) en la imperial ciudad de Toledo guardada en el convento de la Sisla bajo la orden de San Jerónimo, que junto con la de Santiago el Mayor, patrono de España, de quien se dice perteneciente el poeta, “ambos santos las esgriman en defensa del rey Felipe IV” (p. 1533).
El texto recién aducido en la página final de la vida paulina es el definitivo (sobre la estadía de san Pablo en España); antes ignoraba quizás lo de su espada en Toledo y, por este desconocimiento, se escapó allí el ego españolísimo de Quevedo: Tal vez al de Tarso lo atajó el Espíritu Santo como cuando no le permitió hacer apostolado en Asia, “porque con gran gloria de España, le fue prohibido venir a ella, por ser patrimonio de la predicación de San Jacobo (= Santiago el Mayor) y de los españoles vasallos solariegos suyos”. Después de su martirio en Jerusalén, retornado Santiago a Galicia, “difunto nos suplió la asistencia de San Pablo vivo”, apareciendo desde el cielo con su caballo blanco y su espada purpúrea para conducir los suyos a la victoria.
Retornemos al de Tarso, después de las disquisiciones quevedianas.
Para el apóstol viajero aun no era su hora. Llegó esta unos años más tarde, cuando acusaron a los cristianos en el 64 del incendio neroniano de la Urbe; capturado y conducido a un espacio hostil, un mísero calabozo de la cárcel Mamertina sin prisión domiciliaria ni custodia libera o militaria, ni favorable ni conversa; en el 66 o 68 pese a la discusión sobre la fecha (cf. Daniel-Rops, op. cit., pp, 172-184), se le dio su kairós a espada como civis Romanus.
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Notas
Asombra su erudición bíblica y patrística, bastante ignorada y muy poco mencionada, sobre la base sin duda del comentario a los Hechos redactado por Cornelius a Lapide a quien cita. Es una obra ascética poco representativa de su ironía conceptista, aunque algunos destellos se le escapen de vez en cuando.
Aquí habría que considerar si los judeocristianos de Jerusalén están dispuestos a admitir que no es la observancia de las prescripciones mosaicas lo que los salva, sino la Gracia de Cristo. Esto quoad fidem, no quoad morem.
Recepción: 05 Diciembre 2022
Aprobación: 10 Febrero 2023
Publicación: 01 Septiembre 2023